Estatutos

TÍTULO I

NATURALEZA, ORIGEN, FINES Y SEDE

Artículo 1.- La Asociación Internacional de Entidades de Crédito Prendario, creada el 28 de septiembre de 1957, representa y coordina a las Entidades asociadas que realicen actividades de crédito con garantía de prenda, a sus asociaciones nacionales así como a las entidades asociadas que realicen actividades de microcrédito, crédito social o crédito solidario. Tiene personalidad jurídica propia y se rige por los presentes Estatutos.

Artículo 2.- La sede y domicilio legal de la Asociación coincidirán con los de la Entidad asociada que ostente la Presidencia.

El primer idioma de la Asociación es el oficial del país donde resida su sede y domicilio legal. Además, son idiomas oficiales de la Asociación el español, el italiano, el francés y el inglés.

Artículo 3.- Los fines de la Asociación Internacional son:

  • a) Promover universalmente el crédito social, tanto en su versión prendaria como en la referente a microcréditos y crédito solidario, promover la creación de nuevas entidades de esta naturaleza y el desarrollo de las existentes.
  • b) Facilitar el intercambio de experiencias, innovaciones y tecnologías en el ámbito operativo, jurídico, sociológico o cualquier otro de interés para las Entidades asociadas.
  • c) Estudiar e impulsar iniciativas y convenios de colaboración entre sus asociados, dentro del respeto al principio de la libre competencia.
  • d) Buscar colaboración con entidades y asociaciones supranacionales cuyo ámbito de actuación esté en el crédito prendario y social.